Una negligencia médica es un acto mal realizado por parte de un proveedor de asistencia sanitaria (Médico) que se desvía de los estándares aceptados en la comunidad médica y que causa alguna lesión al paciente (reversible o permanente).
Se basa en haber realizado actos no apropiados o, por no haber tenido la diligencia requerida para el caso particular. En otras palabras, por no haber cumplido con los parámetros mínimos y estándares de conducta para enfrentar el caso, y no haber cumplido con las normas técnicas de la profesión médica. Constituye, junto a la impericia e imprudencia médica, una vulneración a la lex artis ad hoc.
Para demandar judicialmente es necesario realizar previamente una mediación con el prestador de salud a fin de llegar a un acuerdo, esta mediación de realiza en compañía de un abogado, junto con el mediador y el prestador de salud o clínica a fin de llegar a un acuerdo conveniente para el afectado.
En el caso que el prestador reclamado se niegue a aceptar la mediación, en cuyo caso, la Superintendencia de Salud certifica dicha situación.
habiendo acuerdo solo queda recibir la compensación económica, en caso contrario se deberá demandar judicialmente a fin de obtener la compensación económica por lo daños sufridos por el paciente interponiéndose una demanda de indemnización de perjuicios ante el tribunal civil.